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Estado de emergencia continuará en Lima y Callao hasta diciembre: ¿Qué restricciones se mantienen?

La medida entrará en vigencia el 28 de octubre y mantendrá a la Policía Nacional a cargo del control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas. Durante este año, Lima y Callao han pasado por dos nuevas declaratorias de emergencia y cinco decretos de prórroga.

Estado de emergencia continuará en Lima y Callao hasta diciembre: ¿Qué restricciones se mantienen?
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El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia. La medida comenzará a regir desde el miércoles 28 de octubre.

La disposición fue oficializada este domingo mediante el Decreto Supremo N.° 142-2026-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales de El Peruano. Con esta decisión, el Ejecutivo extiende la declaratoria vigente desde el pasado 28 de agosto, establecida mediante el Decreto Supremo N.° 123-2026-PCM.

Durante los próximos 60 días, la Policía Nacional del Perú (PNP) continuará a cargo del control del orden interno y contará con el apoyo de las Fuerzas Armadas. La Policía determinará las zonas de intervención utilizando información de inteligencia, estadísticas, indicadores y mapas del delito.

La nueva prórroga fue solicitada por la Comandancia General de la PNP el pasado 14 de octubre. De acuerdo con el decreto, informes policiales sustentaron la medida en la “persistencia del accionar criminal y la inseguridad ciudadana”, relacionada con delitos como homicidio, sicariato y extorsión.

La extensión que comenzará el 28 de octubre constituye el quinto decreto de prórroga del estado de emergencia aplicado a Lima Metropolitana y Callao durante 2026, aunque las ampliaciones corresponden a diferentes declaratorias.

La primera fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 006-2026-PCM, que extendió por 30 días, desde el 20 de enero, la emergencia que había comenzado en octubre de 2025.

Posteriormente, el Ejecutivo declaró nuevamente el estado de emergencia mediante el Decreto Supremo N.° 027-2026-PCM, por 30 días desde el 28 de febrero. Esta medida fue prorrogada sucesivamente: primero por otros 30 días desde el 30 de marzo, mediante el Decreto Supremo N.° 044-2026-PCM; luego por 60 días desde el 29 de abril, a través del Decreto Supremo N.° 062-2026-PCM; y nuevamente por 60 días desde el 28 de junio, mediante el Decreto Supremo N.° 096-2026-PCM.

El 28 de agosto, el Gobierno emitió una nueva declaratoria por 60 días mediante el Decreto Supremo N.° 123-2026-PCM. Es esta última medida la que ahora será prorrogada, desde el 28 de octubre, por otros 60 días.

De esta manera, durante 2026 se han emitido cinco decretos de prórroga y dos nuevas declaratorias de estado de emergencia para Lima Metropolitana y Callao.

¿Qué restricciones se mantienen? 

Durante la nueva prórroga continuará la restricción o suspensión del ejercicio de cuatro derechos constitucionales: la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, la libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, conforme al artículo 137 de la Constitución.

Asimismo, las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público deberán contar con el permiso correspondiente de las autoridades competentes. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán desarrollarse sin autorización previa.

La norma también mantiene la conformación del Comando Unificado PNP-FF.AA. contra el Crimen Organizado, una fuerza temporal y focalizada cuya conducción operativa está a cargo de la Policía Nacional, con apoyo de las Fuerzas Armadas.

Este comando tiene entre sus funciones fortalecer las acciones para mantener y restablecer el orden interno, combatir la criminalidad organizada y recuperar el control territorial en Lima Metropolitana y Callao.

PNP sustentó la ampliación por persistencia de la criminalidad

La nueva prórroga fue solicitada por la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú (PNP) mediante un oficio remitido el pasado 14 de octubre. El pedido se sustentó en informes elaborados por dependencias policiales sobre la situación de seguridad en Lima Metropolitana y el Callao.

Según el decreto, estos documentos advierten sobre la persistencia del accionar criminal y la inseguridad ciudadana en ambas jurisdicciones, escenario que motivó a la Policía a solicitar la continuidad del régimen excepcional. Entre los delitos considerados se encuentran el homicidio, sicariato, extorsión y otras modalidades delictivas que afectan el orden interno.

Durante los próximos 60 días, la PNP continuará determinando las zonas donde se realizarán las intervenciones a partir de información de inteligencia, indicadores, estadísticas y mapas del delito, entre otros instrumentos. Las Fuerzas Armadas, por su parte, mantendrán su participación en apoyo a las acciones policiales.

La norma dispone además que las intervenciones de ambas instituciones deberán ejecutarse bajo las reglas vigentes sobre empleo y uso de la fuerza, tanto para efectivos policiales como militares.

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