En primera instancia, mediante resolución emitida por El Segundo Juzgado Constitucional Transitorio de Lima se ha resuelto anular las resoluciones del Congreso que rechazaron su solicitud de pensión vitalicia y ha ordenado que se le otorgue dicho beneficio como exjefe de Estado.
En mayo de 2024, el Congreso negó a Castillo la pensión alegando que el artículo 2 de la Ley 26519 establece que se suspende el beneficio a los exmandatarios contra los que se haya formulado denuncia constitucional. Y Castillo fue acusado por lo del golpe de Estado y por presuntamente liderar una organización criminal. Es decir. el Parlamento argumentó que la solicitud de Castillo fue rechazada conforme a la Ley N° 26519, que suspende el derecho a pensión en casos con acusación constitucional.
El expresidente presentó una acción de amparo para dejar sin efecto la carta que denegó su pensión y la resolución que rechazó su apelación.Además, pidió que se le reconozca el derecho a recibir la pensión vitalicia desde el 8 de diciembre de 2022. La demanda incluyó la solicitud de costos procesales.
Finalmente. el órgano jurisdiccional concluyó que se vulneró el derecho a la igualdad de Pedro Castillo “al existir otro caso en similares condiciones en los que sí se otorgó el derecho a la pensión vitalicia en calidad de ex presidente”.
