En el Sistema al Valor, el Impuesto se determinará aplicando sobre la base imponible la tasa establecida en el Literal A; tratándose de juegos de azar y apuestas, con excepción de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, el Impuesto se aplicará sobre el monto determinado de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del inciso a) del artículo 56 del TUO de la Ley del IGV e ISC.
Base Legal: Artículo 59 del TUO de la Ley del IGV e ISC.



