Los proveedores que se encuentren sujetos al Régimen de Retenciones del IGV, al momento en que realizan su declaración y pago mensual del IGV, utilizando el PDT N° 621 IGV - Renta Mensual o el Formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta Mensual, tendrá que consignar el importe que se le hubiera retenido, a efecto de su deducción del tributo a pagar.
Base Legal: Artículo 10 de la Resolución de Superintendencia N° 037-2002-SUNAT



