Tips | Tributario

Tratandose de los contribuyentes acogidos al Regimen Agrario, ¿Cuanto sera la nueva tasa de depreciación, y sobre que tipo de operaciones?

Tratandose de los contribuyentes acogidos al Regimen Agrario, ¿Cuanto sera la nueva tasa de depreciación, y sobre que tipo de operaciones?
231 vistas

Para efecto del Impuesto a la Renta, las personas naturales o jurídicas que estén comprendidas en los alcances del Regimen Agrario,  podrán depreciar, a razón de 20% (veinte por ciento) anual, el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riego. 

Base Legal: inciso b) del articulo 10 de la Ley N° 31110.

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en este tip. ¡Sé el primero en compartir tu duda o experiencia!