Tips | Tributario

Tratandose de la detracción al servicio de transporte por vía terrestre, ¿Como se determina el Valor Referencial?

Tratandose de la detracción al servicio de transporte por vía terrestre, ¿Como se determina el Valor Referencial?
9042 vistas

El valor referencial se obtiene de multiplicar el valor por tonelada métrica (TM) establecido en las Tablas de valores publicadas en el D.S. N° 010-2006-MTC y norma modificatoria, por la carga efectiva de acuerdo a la ruta a la que corresponde el servicio.

Es importante señalar que de conformidad al artículo 3° del D.S. N° 010-2006-MTC y norma modificatoria, el monto de valor referencial no puede ser inferior al 70% de la capacidad de carga útil nominal del vehículo, para lo cual se deberá verificar los valores expuestos en el Anexo III del antes señalado decreto supremo.

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en este tip. ¡Sé el primero en compartir tu duda o experiencia!