.¿En nuestra empresa tenemos un trabajador que fue diagnosticado por covid 19, por el cual viene cumpliendo aislamiento en su hogar ahora esos días dejados de laborar como son declarados en la planilla?
Los trabajadores diagnosticados por el covid 19 se les cumplirá con otorgarle esos días su descanso médico respectivo con pago , por lo mismo que es una enfermedad temporal deberá declararse como Suspensión imperfecta por enfermedad en la planilla , la última disposición es que essalud asumirá desde el primer día del descanso el subsidio correspondiente y por tanto posteriormente será devuelto ese pago al empleador(esto es de carácter excepcional por la coyuntura de la pandemia) , ya que es la empresa cumple con haber pagado de manera completa el sueldo al trabajador.
Base Legal: Art. 24 del D.U 026-2020



