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Si tengo dos inmuebles que los adquirí antes del 2004, ¿deberé pagar renta de segunda categoría por la venta de estas en el 2022?

Si tengo dos inmuebles que los adquirí antes del 2004, ¿deberé pagar renta de segunda categoría por la venta de estas en el 2022?
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En cuanto a la primera disposición transitoria y final del Decreto Legislativo N° 945 se estableció que, las ganancias de capital provenientes de la enajenación de inmuebles distintos a la casa habitación, efectuados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, constituirán rentas gravadas de la segunda categoría, siempre que la adquisición y enajenación de tales bienes se produzca a partir del 1.1.2004. Por lo tanto, la venta de los dos inmuebles adquiridos antes del 2004 y vendidos en el 2022, no estará afecto al impuesto a la renta de segunda categoría.

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