Si la persona natural entrega una licencia de uso (cesión temporal), se generará un servicio de regalía, por lo que tendrá que pagar el impuesto a la renta de segunda categoría con la tasa efectiva del 5%.
Base legal: artículo 27 y el inciso c) del artículo 24 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta



