Tips | Tributario

¿Se encuentran afectos del IGV los envíos de entrega rápida o equivalentes?

¿Se encuentran afectos del IGV los envíos de entrega rápida o equivalentes?
878 vistas

No se encuentran gravados con el impuesto general a las ventas (IGV) la importación de los envíos de entrega rápida o equivalentes, realizados en condiciones normales, que constituyen:

a. Correspondencia, documentos, diarios y publicaciones periódicas, sin fines comerciales, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del régimen aduanero especial de envíos de entrega rápida;

b. Mercancías hasta por un valor de doscientos dólares de los Estados Unidos de América (US$ 200,00), de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del régimen aduanero especial de envíos de entrega rápida.

Base legal: artículo 1 de la Ley Nº 29774

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en este tip. ¡Sé el primero en compartir tu duda o experiencia!