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Respecto a la Resolución de Ejecución Coactiva, ¿Cuáles son los requisitos de notificación?

Respecto a la Resolución de Ejecución Coactiva, ¿Cuáles son los requisitos de notificación?
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La notificación de las Resoluciones Coactivas emitidas por el Ejecutor se realizará de acuerdo a los parámetros establecidos en el artículo 104 del TUO del Código Tributario.

Base Legal: Articulo 8 del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.

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