Es obligatorio el llevado de este libro en aquellos contribuyentes que lleven a cabo operaciones de consignación, entendiéndose como tal a las partes intervinientes, consignante y consignatario, quienes anotarán en el presente Registro, los bienes entregados y recibidos en consignación, respectivamente.
Base legal: Artículo 37 de la Ley del IGV e ISC



