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¿Quién es el sujeto pasivo del pago del Impuesto de Alcabala?

¿Quién es el sujeto pasivo del pago del Impuesto de Alcabala?
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El sujeto pasivo u obligado al pago del Impuesto de alcabala, en calidad de contribuyente, es el comprador o adquirente del inmueble.

Base legal: Artículo 23 del TUO de la Ley de Tributación Municipal - Decreto Supremo Nro. 156-2004-EF.

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