La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.
Base legal: artículo 22 de la Ley de Tributación Municipal.

La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno.
Base legal: artículo 22 de la Ley de Tributación Municipal.