Si los bonos son sobrevalorados al momento del aporte, ello puede generar un incremento artificial del activo neto de la empresa, lo que a su vez eleva la base imponible del ITAN. Esto implica un doble riesgo primero tributario porque existiría un
pago de impuesto mayor al que correspondería, y segundo legal contable porque podría existir un cuestionamiento sobre la razonabilidad del valor asignado. Por ellos la valorización debe ser prudente, objetiva y sustentada técnicamente.
BASE LEGAL: Principio de razonabilidad y normas del ITAN Ley N.º 28424
