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¿Qué recurso impugnatorio el contribuyente puede interponer cuando su solicitud de devolución no es resuelta por la SUNAT?

¿Qué recurso impugnatorio el contribuyente puede interponer cuando su solicitud de devolución no es resuelta por la SUNAT?
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El contribuyente podrá interponer un recurso de reclamación, dando por denegada su solicitud de devolución, cuando haya transcurrido el plazo máximo de 45 días hábiles que tiene la SUNAT para resolver dicha solicitud.

Base legal: Artículo 163 del TUO del Código Tributario.

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