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¿ Qué obligaciones adicionales tiene el empleador aparte de efectuar el depósito de C.T.S. en una entidad financiera?

¿ Qué obligaciones adicionales tiene el empleador aparte de efectuar el depósito de C.T.S. en una entidad financiera?
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De acuerdo a lo prescrito por el art. 29 del D.S. N° 001-97-TR; el empleador debe entregar a cada trabajador, bajo cargo, dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación debidamente firmada que contenga cuando menos la siguiente información:

a) Fecha y número u otra seña otorgada por el depositario que indique que se ha realizado el depósito;

b) Nombre o razón social del empleador y su domicilio;

c) Nombre completo del trabajador;

d) Información detallada de la remuneración computable;

e) Período de servicios que se cancela; y,

f) Nombre completo del representante del empleador que suscribe la liquidación.

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