El Régimen de Retenciones del IGV es el régimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención deberán retener parte del Impuesto General a las Ventas a los Proveedores en las operaciones de venta de bienes, primera venta de bienes inmuebles, prestación de servicios y contratos de construcción gravados con dicho impuesto.
Base legal: Artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002-SUNAT.



