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¿Puedo cambiar mi sistema de compensación de pérdidas?

¿Puedo cambiar mi sistema de compensación de pérdidas?
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La opción del sistema de compensación de pérdidas aplicable deberá ejercerse en la oportunidad de la presentación de la Declaración Jurada Anual del impuesto a la renta. Efectuada la opción, los contribuyentes se encuentran impedidos de cambiar de sistema, salvo que el contribuyente hubiera agotado las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. 

Base Legal: Artículo 50 de la Ley del Impuesto a la Renta. 

 

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