Los contratos de consorcio con contabilidad independiente deben realizar los pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta y presenter la declaración jurada anual del mencionado impuesto con el pago de regularización respectivo si lo hubiere o de lo contrario declarer la pérdida resultante.
BASE LEGAL: Artículo 79 y 85 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.
