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Me pagaron por no vender mis acciones a una determinada empresa alemana, ¿debo pagar renta de cuarta?

Me pagaron por no vender mis acciones a una determinada empresa alemana, ¿debo pagar renta de cuarta?
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En virtud al inciso f) del artículo 24 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta es renta de segunda categoría las sumas o derechos recibidos en pago de obligaciones de no hacer, salvo que dichas obligaciones consistan en no ejercer actividades comprendidas en la tercera, cuarta o quinta categoría, en cuyo caso las rentas respectivas se incluirán en la categoría correspondiente. En consecuencia, el pago recibido genera una renta de segunda categoría.

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