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¿Las personas jurídicas deben considerar los dividendos recibidos para determinar su renta imponible?

¿Las personas jurídicas deben considerar los dividendos recibidos para determinar su renta imponible?
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Las personas jurídicas que perciban dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades de otras personas jurídicas, no las computarán para la determinación de su renta imponible.

Base Legal: artículo 24-B de la Ley del Impuesto a la Renta.

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