Se encuentra sujeta al Sistema de Detracciones, la primera venta de bienes gravada con el IVAP, cuando el importe de la operación sea mayor a S/ 700; en operaciones cuyo importe sea menor o igual a dicha suma, el Sistema también se aplicará cuando por cada unidad de transporte, la suma de los importes de las operaciones correspondientes a los bienes trasladados sea mayor a S/ 700.
Base Legal: Resolución de Superintendencia Nº 266-2004-SUNAT.
