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¿La entrega de volantes a los centros comerciales para promocionar un nuevo producto está afecto al IGV?

¿La entrega de volantes a los centros comerciales para promocionar un nuevo producto está afecto al IGV?
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No se considera venta la entrega a título gratuito de material documentarlo que efectúen las empresas con la finalidad de promocionar la venta de bienes muebles, inmuebles, prestación de servicios o contratos de construcción.

Base legal: inciso c) del numeral 3 del artículo 2 del Reglamento de la Ley del IGV

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