Si en caso se efectuó la retención y no lo declaró la infracción que comete es el tipificado en el numeral 4 del artículo 178° del Código Tributario.
Infracción por no realizar la declaración de la Retención.

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Si en caso se efectuó la retención y no lo declaró la infracción que comete es el tipificado en el numeral 4 del artículo 178° del Código Tributario.


