Cuando al momento de efectuar el pago del impuesto se ha emitido el comprobante de pago vinculado a la operación, la declaración jurada informativa debe contar con la siguiente información:
i. El periodo en el cual se emitió el comprobante de pago,
ii. La serie y el número del comprobante de pago; y,
iii. El monto total a pagar por concepto del IGV que grava la utilización del servicio.
Base legal: Artículo 6 de la Resolución de Superintendencia N° 000047-2026/SUNAT.



