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¿Hasta qué fecha se encuentran exoneradas del Impuesto a la Renta, las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro?

¿Hasta qué fecha se encuentran exoneradas del Impuesto a la Renta, las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro?
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Hasta el 31 de diciembre de 2026 se encuentran exoneradas del Impuesto a la Renta, las rentas de fundaciones afectas y de asociaciones sin fines de lucro cuyo instrumento de constitución comprenda exclusivamente, alguno o varios de los siguientes fines: beneficencia, asistencia social, educación, cultural, científica, artística, literaria, deportiva, política, gremiales, y/o de vivienda; siempre que destinen sus rentas a sus fines específicos en el país; no las distribuyan, directa o indirectamente, entre los asociados o partes vinculadas a estos o a aquellas, y que en sus estatutos esté previsto que su patrimonio se destinará, en caso de disolución, a cualquiera de los fines contemplados en este inciso.


Base legal: Artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta.



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