La SUNAT ha prorrogado la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones relacionadas con la guía de remisión electrónica (GRE) del remitente, tipificadas en el numeral 9 del artículo 174 del Código Tributario, siempre que sean detectadas desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2026.
Base legal: Artículo único, numeral 2, de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000031-2026-SUNAT/700000.



