Conforme a lo indicado en el numeral 1.5 del articulo 7 del Reglamento de Comprobante de Pago, los directores no se encuentran obligados a emitir un comprobante de pago por las dietas percibidas, sin embargo sì es importante, para efectos de deducir el gasto, que en ese caso se proceda con emitir un documento interno para efectos de las sustentación del egreso del dinero.
Gastos de directores.

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