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Fraccionamiento del IGV.

Fraccionamiento del IGV.
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La solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda correspondiente al IGV e IPM del último período vencido a la fecha de presentación de la solicitud y la del período que venza en el mes de la referida presentación, de aquellos deudores tributarios cuyas ventas anuales no superen las ciento cincuenta (150) UIT.

Base Legal: Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deudas tributarias.

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