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Excepción a la Obligación de Presentar Declaraciones Mensuales del IR y del IGV en Ausencia de Operaciones Gravadas

Excepción a la Obligación de Presentar Declaraciones Mensuales del IR y del IGV en Ausencia de Operaciones Gravadas
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Se exceptúa a los deudores tributarios de la obligación de presentar las declaraciones mensuales correspondientes al Impuesto a la Renta de tercera categoría y al Impuesto General a las Ventas cuando no generen ingresos gravados con el Impuesto a la Renta y tratándose del Impuesto General a las Ventas: 

a) No realicen operaciones gravadas ni adquisiciones de bienes, prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones que otorguen derecho a crédito fiscal; o,

b) No realicen operaciones gravadas y efectúen, únicamente, adquisiciones de bienes, prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones que otorguen derecho a crédito fiscal, cuyos comprobantes de pago o documentos respectivos no hayan sido anotados en el Registro de Compras.

BASE LEGAL: RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 203-2006-SUNAT


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