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¿Estar en suspensión temporal o haber recibido baja de oficio exime de la obligación tributaria?

¿Estar en suspensión temporal o haber recibido baja de oficio exime de la obligación tributaria?
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No, el hecho de encontrarse en suspensión temporal de actividades o haber recibido baja de oficio no exime al contribuyente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias si al momento del vencimiento estas aún estaban vigentes.

BASE LEGAL: RTF N.° 00822-10-2024

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