Que, conforme a la Resolucion de Superintendencia N° 133-2019/SUNAT, se dispone que el uso del Codigo Producto SUNAT, no es requisito minimo para la emision de comprobantes de pago, por ello, es de uso voluntario por parte de los contribuyentes, conforme a la Resolucion de Superintendencia N° 278-2019/SUNAT.
¿Es obligatorio el uso del Codigo Producto SUNAT?

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