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¿En qué momento se atribuye el carácter de sujeto del Impuesto al Patrimonio Vehicular?

¿En qué momento se atribuye el carácter de sujeto del Impuesto al Patrimonio Vehicular?
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El carácter de sujeto del Impuesto al Patrimonio Vehicular se atribuirá con arreglo a la situación jurídica configurada al 1 de enero del año a que corresponda la obligación tributaria. 

Base legal: Artículo 31º del D.S. Nº 156-2004-EF  

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