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En los servicios de transporte de bienes sujetos al SPOT, ¿Cómo se determina el valor referencial aplicable a los servicios de transporte de bienes por carretera?

En los servicios de transporte de bienes sujetos al SPOT, ¿Cómo se determina el valor referencial aplicable a los servicios de transporte de bienes por carretera?
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Respecto a los valores referenciales aplicables al servicio de transporte de bienes por carretera, se determinará en función a la multiplicación del valor por tonelada (TM) indicado en las tablas del Anexo II del Decreto Supremo N° 020-2021-MTC, que corresponda a la ruta en que se realiza el transporte, por la carga efectiva que transporta el vehículo; asimismo, en ningún caso la carga efectiva puede ser inferior al 70% de la capacidad de carga útil nominal del vehículo conforme al Anexo III del presente decreto.

Base Legal: Artículo 3 del Decreto Supremo N° 020-2021-MTC.

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