La contribución al SENCICO, se cancela en los Bancos de Recaudación de Tributos de la SUNAT y a través de los Medios Electrónicos de Acceso con la clave SOL. La SUNAT transfiere los montos al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO.
Base Legal: Art. 22º del Decreto Legislativo 147 y el Art. 29º del TUO del Código Tributario.
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