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Deducibilidad de gastos conocidos

Deducibilidad de gastos conocidos
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Son deducibles los gastos conocidos y devengados en el ejercicio de que se trate, aun cuando los comprobantes de pago que los sustentan fueron emitidos y/o entregados después del cierre del ejercicio pero hasta la fecha de presentación de la correspondiente declaración jurada anual de dicho impuesto que los incluye.

Base Tributaria: INFORME N.° 005-2017-SUNAT/5D0000



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