No son deducibles los intereses netos en la parte que excedan el 30% del EBITDA del ejercicio anterior.
Base legal: Art. 37 inciso a) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.

No son deducibles los intereses netos en la parte que excedan el 30% del EBITDA del ejercicio anterior.
Base legal: Art. 37 inciso a) del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.


