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De acuerdo a la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía ¿qué operaciones se encuentran exoneradas del IGV?

De acuerdo a la Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía ¿qué operaciones se encuentran exoneradas del IGV?
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Los contribuyentes ubicados en la Amazonía gozarán de la exoneración de Impuesto General a las Ventas, por las siguientes operaciones:


a) La venta de bienes que se efectúe en la zona para su consumo en la misma;

b) Los servicios que se presten en la zona; y,

c) Los contratos de construcción o la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos en dicha zona.


Los contribuyentes aplicarán el Impuesto General a las Ventas en todas sus operaciones fuera del ámbito indicado en el párrafo anterior, de acuerdo a las normas generales del señalado impuesto.


Base legal: Artículo 13 de la Ley N° 27037


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