El porcentaje de detracción por el servicio de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles es el 10% sobre el importe de la operación.
Base legal: Numeral 2 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004-SUNAT.

El porcentaje de detracción por el servicio de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles es el 10% sobre el importe de la operación.
Base legal: Numeral 2 del Anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004-SUNAT.