Aquellos contribuyentes que, al 01 de enero de 2024, se encuentren obligados a emitir guías de remisión transportista, serán considerados como emisores electrónicos por las Guías de Remisión Electrónica – Transportista, por todas las operaciones que corresponda emitir una guía de remisión transportista, a partir del momento en que deban emitir una guía de remisión.
Base Legal: Anexo X de la Resolución de Superintendencia N° 000123-2022/SUNAT.



