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¿Cuándo se está obligado a presentar el FV N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF? - VII

¿Cuándo se está obligado a presentar el FV N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF? - VII
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Los contribuyentes que han generado utilidad o perdida tributarias en el ejercicio gravable, deben presentar el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, si presentaron el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N.° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.

Base Legal: Articulo 6 de la Resolución de Superintendencia Nº 271-2019-SUNAT.



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