Los contribuyentes que han generado utilidad o perdida tributarias en el ejercicio gravable, deben presentar el Formulario Virtual Nº 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF, si presentaron el anexo a que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN, aprobado por Decreto Supremo N.° 025-2005-EF, mediante el cual se ejerce la opción de acreditar los pagos a cuenta del Impuesto contra las cuotas del ITAN.
Base Legal: Articulo 6 de la Resolución de Superintendencia Nº 271-2019-SUNAT.



