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¿Cuándo queda firma la resolución de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa?

¿Cuándo queda firma la resolución de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa?
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Una vez notificada la resolución de atribución de la condición de sujeto sin capacidad operativa, esta queda firme cuando:


a) El plazo para impugnar la resolución establecido en el literal a) del párrafo 5.1 del artículo anterior venza sin que el sujeto haya interpuesto el recurso respectivo;

b) Habiéndose impugnado la resolución, el sujeto presente el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 del Código Tributario y este haya sido aceptado, o 

c) Se haya notificado al sujeto una resolución que pone fin a la vía administrativa.


Base legal: Artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1532.


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