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¿Cuales son los beneficios del Regimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF)?

¿Cuales son los beneficios del Regimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF)?
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Los beneficios del Regimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF), son los siguientes:

  • Tasa de Interés: 40% TIM (0.4%).
  • Múltiples solicitudes: Se puede presentar más de una solicitud por cada ente o tipo de deuda (Tesoro, Essalud, Aduanas).
  • Suspensión de Cobranza Coactiva: Bastará la presentación de tu solicitud para suspender el procedimiento de Cobranza Coactiva.
  • Levantamientos de embargos: Con la aprobación de tu solicitud se concluirá con el procedimiento de cobranza Coactiva y se levantarán todos los embargos vinculados a la deuda acogida.
  • No requiere cuota de acogimiento: Aun cuando la solicitud de aplazamiento y/ fraccionamiento sea mayor a 12 meses y la deuda acogida supere las 3 UIT, no se requerirá cuota de acogimiento.

Base Legal: Decreto Legislativo 1487. 

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