Tips | Tributario

¿Cuáles son las inafectaciones objetivas del impuesto de alcabala? Parte II

¿Cuáles son las inafectaciones objetivas del impuesto de alcabala? Parte II
204 vistas

Están inafectas del impuesto las siguientes transferencias:

·         Las transferencias de aeronaves y naves

·         Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad

·         Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de gananciales o de condóminos originarios

·         Las de alícuotas entre herederos o de condóminos originarios.

Base legal: artículo 27 de la Ley de Tributación Municipal

Compartir:

Comentarios

0
¿Deseas dejar un comentario o resolver dudas? Inicia sesión con tu cuenta corporativa para unirte a la conversación.
Aún no hay comentarios en este tip. ¡Sé el primero en compartir tu duda o experiencia!

Últimas noticias