Para los contratos de construcción la tasa de detracción es del 4%
Base legal: numeral 9 del anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/Sunat

Para los contratos de construcción la tasa de detracción es del 4%
Base legal: numeral 9 del anexo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2004/Sunat