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¿Cual es el plazo para realizar la presentacion del Informe de destruccion de las existencias por desmedros?

¿Cual es el plazo para realizar la presentacion del Informe de destruccion de las existencias por desmedros?
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En tanto no se establezca la forma, plazo y condiciones para la presentación del informe a que se refiere el cuarto párrafo del inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, este deberá presentarse en las dependencias de la SUNAT dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la destrucción de las existencias.

Base Legal: Decreto Supremo N° 086-2020-EF.

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