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Bancarización de Operaciones

Bancarización de Operaciones
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Utilice medios de pago bancarios (depósitos en cuenta, giros, transferencias, cheques) para operaciones iguales o superiores a S/ 2,000 o US$ 500. El incumplimiento impide la deducción de gastos, uso de crédito fiscal y costo computable.

BASE LEGAL:Artículos 5-A y 8 de la Ley N° 28194



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