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Municipalidad de San Luis extiende plazo de beneficios tributarios hasta el 31 de Agosto

Contribuyentes accederán al descuento del 100% de la tasa de Interés (TIM) correspondiente a las deudas tributarias de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, incluyendo las cuotas vencidas en el 2021.

Municipalidad de San Luis extiende plazo de beneficios tributarios hasta el 31 de Agosto
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El municipio de San Luis otorga nuevo plazo de beneficios a vecinos que cancelen hasta el 31 de agosto deudas tributarias vencidas y por vencer en la vía ordinaria o en ejecución coactiva, esto con la finalidad de conceder más oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes.

Así lo dispone el Decreto de Alcaldía Nº 006-2021-DA/MDSL que prorroga la Ordenanza Nº 311-MDSL/C, tras la existencia de vecinos que aún no se han acogido al beneficio establecido.

Incentivos tributarios: La Ordenanza Nº 311-MDSL/C condona el 100% de la tasa de interés(TIM) correspondiente a las deudas tributarias de impuesto predial, arbitrios municipales, incluyendo las cuotas vencidas en el 2021.

Así como de gastos y costas generados en el inicio del procedimiento coactivo, siempre que cancele el íntegro de la deuda de manera voluntaria.

Los contribuyentes, que paguen al contado del impuesto predial y el pago adelantado de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2021 gozarán de los siguientes tramos de descuentos en arbitrios municipales del 2021, siempre que no mantengan deudas tributarias de años anteriores al 2021:

- 15% siempre que hayan pagado como mínimo la primera cuota de impuesto predial y la primera a tercera cuota de arbitrios 2021, hasta el31/03/2021.

- 12% para aquellos contribuyentes que cancelaron por adelantado el total del impuesto predial 2021 y mantienen pendiente de pago sus arbitrios municipales.

- 10% para quienes cancelen la totalidad de los tributos 2021.

Excepcionalmente el 5% de descuento siempre que cancele la primera y segunda cuota de predial y seis cuotas de arbitrios municipales 2021.

Para aquellos contribuyentes que, a la fecha de publicación de la presente, mantengan deuda pendiente de pago del 2020 y del 2021 y no adeudan años anteriores, se les otorgara un descuento del 5% sobre el insoluto de arbitrios 2020 y/o 2021 siempre que cancelen el total del impuesto anual de uno de los años señalados.

Condonación del 100% de multas tributarias, por declaración extemporánea de avalúo y fiscalización tributaria.

f) Condonación de intereses de convenios de fraccionamiento, siempre que el contribuyente cancele la totalidad de la deuda fraccionada.

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