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Evita sanciones: conoce los nuevos plazos de Sunat para corregir errores en el SIRE

Amplían facultad discrecional

Evita sanciones: conoce los nuevos plazos de Sunat para corregir errores en el SIRE
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió el alcance de lo dispuesto en los numerales 2 de la columna “Supuestos para la aplicación de la facultad discrecional” del anexo de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000039-2023-SUNAT/700000.

La modificación se refiere a las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por el Decreto Supremo N.º 133-2013-EF. En concreto, se dispuso lo siguiente:

Incluir dichas infracciones cuando se configuren durante los periodos de julio a diciembre de 2025.

Prorrogar hasta el 31 de enero de 2026 el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes correspondientes en el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).

Esta ampliación fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000032-2025-SUNAT/700000.

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